Santo Domingo.- A partir de este miércoles 1 de julio de 2026 comienza a aplicarse el incremento en la tasa de retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para los pagos realizados a personas físicas por prestación de servicios. La medida, establecida en la Ley 30-26, eleva ese porcentaje del diez al quince por ciento e impacta a todos los agentes de retención del país.
La nueva disposición afecta los montos retenidos por empresas, sociedades comerciales y entidades del sector público cuando realizan pagos por honorarios profesionales, alquileres de bienes muebles e inmuebles y comisiones. Se trata de un pago a cuenta que se computa en la declaración anual de renta de cada contribuyente.
El Ministerio de Hacienda aclaró que el ajuste aplica únicamente a los pagos realizados por empresas a personas físicas, y no modifica las relaciones laborales de dependencia. La retención que el Estado realiza a personas físicas por servicios al gobierno seguirá aplicándose al cinco por ciento, sin variación alguna.
La entrada en vigencia de este cambio es el primer resultado práctico visible de la reforma tributaria, y ha generado amplio debate en gremios de contadores, abogados y profesionales independientes. Desde las primeras horas de este miércoles, varias asociaciones gremiales han difundido instrucciones a sus miembros para actualizar sistemas de facturación y cumplir con la nueva obligación desde los primeros pagos del mes.

